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Dron y Logística. ¿Marketing o Realidad?

Desde hace unos años estamos asistiendo a una lluvia intermitente de informaciones relacionadas con la implantación del Dron en la actividad logística, fundamentalmente por parte de la empresa Amazon, si bien ya hay otras que también están lanzando noticias al respecto, como han sido DHL y SEUR. Y estas noticias, lanzadas en los medios de comunicación de forma ocasional, pueden parecer más operaciones de marketing que realidades tangibles. Una noticia sobre innovación, y sobre todo aquellas que están relacionadas con Drones, crea mucha expectación e interés perodístico. Así que de momento, si algo genera es marketing y publicidad a la emisora de dicha noticia.

El dron, aunque no es un dispositivo reciente, su uso se ha extendido de forma exponencial en los últimos años, sobre todo en aplicaciones relacionadas con la captación de imágenes y datos (actividades no logísticas). Pero para entender sus posibilidades, hay que conocer que es un dron, su legislación (en este caso en España), sus limitaciones y la situación actual en lo que a posibilidades reales puede haber en el sector logístico y más concreto en transporte de mercancía.

¿Qué es un Dron?

Un dron es lo que de forma más técnica se denomina RPA  – Remotely Piloted Aircraft -, que viene a ser traducido como «aeronave pilotada remotamente». Con esta palabra nos referimos a un subconjunto de vehículos aéreos no tripulados (VANT) o en inglés UAV (Unmanned Aerial Vehicle), generalmente conocidos como drones.

La definición tradicional de aeronave recogía únicamente el siguiente punto:

Toda construcción apta para el transporte de personas o cosas capaz de moverse en la atmósfera merced a las reacciones del aire, sea o no más ligera que este y tenga o no órganos motopropulsores.

Al que se le añadió el siguiente texto (La Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea), incluyendo de esta manera a los RPA dentro de la misma:

Cualquier máquina pilotada por control remoto que pueda sustentarse en la atmósfera por reacciones del aire que no sean las reacciones del mismo contra la superficie de la tierra.

Por lo tanto un Dron es una aeronave, concepto que hay tener muy claro desde el principio. No es un camión o cualquier vehículo de transporte terrestre. Como tal, las autoridades aeronáuticas como la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), desde 2005, y organismos nacionales, hayan tenido que empezar a regularizar las operaciones de estas aeronaves y tenerlas en consideración. Por lo tanto, todo lo que concierne a drones está legislado y controlado por organismos de control de navegación aérea (según cada país).

¿Cómo se clasifican los Drones?

Debido a la variedad de tipos existentes, se ha realizado una clasificación de los mismos para delimitar sus usos y funciones.

Clasificación del dron

Tipos de Drones

 

  • Tipo Avión

Está basado en sustentación por alas y son completamente similares al avión que conocemos actualmente.

  • Tipo Helicóptero:

Su principio de sustentación está basado en las alas giratorias, tal como vemos en cualquier helicóptero

  • Tipo Multirrotor

Al igual que el helicóptero, el multirrotor basa la sustentación en el principio de las alas giratorias y cuentan con un número par de brazos que sustentan los rotores y hélices. Esta es última clasificación del dron multirrotor es la que asociamos a las actividades más conocidas que se están desarrollando en el mundo civil, ya que el tipo avión o helicóptero están ligados principalmente a actividades militares, reconocimiento o vigilancia. En la actividad logística, son este tipo de drones los que se están utilizando para la realización de diferentes pruebas. O al menos que se haya podido ver.

 

Dron tipo cuadricóptero

Dron
    

Pero además de esta clasificación por tipología, existe una clasificación por peso máximo al momento del despegue, es decir, todo el peso incluido del aparato y su carga

  • De 0 a 2 kilos

Son la categoría más ligera. Permiten la operación de los mismos más allá del campo visual del piloto, dentro del alcance de la emisión de la radio (siempre que se cuente con los medios necesarios para conocer la posición de la aeronave).

  • De 2 a 25 kilos

Tienen limitada su utilización al alcance visual (no más de 500 m) y poseen mayor capacidad de carga útil.

  • De 25 a 150 kilos

Requieren licencia de piloto para ser pilotados y solo podrán operar en las condiciones y limitaciones detalladas en su certificado de aeronavegabilidad (obligatorio para RPA de masa máxima al despegue superior a 25 kg).

  • Más de 150 kilos

Estos RPA están destinados exclusivamente a la lucha contra incendios y servicios de búsqueda y salvamento.

Esta clasificación marca claramente los requisitos para realizar vuelos con este tipo de aeronaves, En la actualidad, en España no se pueden pilotar Drones que se encuentren fuera del alcance visual del piloto (VLOS – Visual Line of Sight) para drones superiores a 2 kg, por lo tanto las aplicaciones en el campo logístico, sobre todo en transporte de mercancías quedan muy reducidas, por no decir imposibles.

Además, cualquier empresa que decida realizar trabajos con drones debe de registrarse como Operadora en AESA y para aquellos que piloten el dron, debe obtener la licencia de piloto para el modelo de dron utilizado. Por lo tanto, no es una cuestión menor ni puede pilotarlo cualquiera, sobre todo cuando hablamos de trabajos en espacios abiertos. El espacio exterior desde el suelo hacia arriba pertenece a AESA (gobierno), por lo tanto está sujeto su utilización a las normas y leyes que se dicten al respecto.

¿Cuál es la reglamentación actual?

En la actualidad, no existe una legislación internacional única en todo lo relacionado con los drones. En España, es AESA (Agencia Española de Seguridad Aérea) el organismo encargado en todo lo concerniente a drones (licencias, permisos, reglamentación, etc.) para operaciones con drones de hasta 150 kg. Para drones por encima de este límite, se ha establecido una normativa a nivel europeo, y el organismo encargado de regular estas aeronaves es EASA (European Aviation Safety Agency) 

Si entrar en profundidad en la legislación, actualmente se encuentra regulado el uso de RPAS en la  Ley 18/2014, de 15 de octubre, en su Artículo 50, acerca de los RPAS civiles, donde encontraremos los límites de actuación de los drones en materia de transporte de mercancías. Actualmente, en España, no es posible transportar mercancías con drones.

¿Cuales son los principales inconvenientes para el transporte con Drones?

Además de lo ya mencionado desde un aspecto legal, existen otros factores muy importantes a tener en cuenta, llegado el momento la legislación permita algún tipo de vuelo para transporte de mercancías con un dron.

El Piloto

Como ya hemos mencionado, hace falta disponer de pilotos certificados en los drones específicos que se utilicen. Y lo más importante, un piloto solo puede pilotar un dron, es decir, no puedo pilotar varios a la vez. Esta factor es fundamental si relacionamos los envíos con los costes asociados, asunto al que haré referencia.

La Distancia

Actualmente, los drones pueden volar a unas distancias bastantes limitadas por el tipo de baterías que utilizan. Es decir, cuando hablamos de ultima milla, no nos referimos a una distancia de una par de kilómetros. Nos referimos a entregas de varias decenas de kilómetros alrededor del Centro Logístico que despacha la mercancía. Por lo tanto, a fecha de hoy no es viable entregas superiores a un par de decenas de kilómetros de su origen.

La Meteorología

Quizás sea esta una de las variables más importantes. Las condiciones meteorológicas condicionan un vuelo, sobre todo cuando éstas son adversas. Por ello, serán bastantes los días en el que un dron no pueda salir a volar (viento, lluvia, nieve). Entendiendo que los tipos de entregas que pudiera realizar un dron son las que conocemos como transporte de ultima milla, serán con un peso inferior a 25 kilos, lo que se puede deducir una fragilidad importante ante adversidades meteorológicas. Ello puede ser motivo de accidentes.

Entregas en zonas pobladas

Una vez se han superado los obstáculos antes mencionados, suponemos que la entrega de paquetes deben ser realizados en sitios concretos. Es decir, el dron aterriza o se posa en algún lugar conocido por el destinatario donde puede efectuar su recogida. Imaginemos en una ciudad. ¿es posible entregar en cualquier edificio de viviendas mediante dron ? No. Así de simple. Por lo tanto, habría que habilitar zonas para que los drones pudieran aterrizar y despegar.

De momento, las posibles entregas quedarían relegadas a zonas despobladas, donde su despegue/aterrizaje no suponga un problema de seguridad para las personas y exista espacio físico disponible para estas operaciones. Además, si en algún momento es posible la entrega directa en algún lugar (por ejemplo, una casa de de campo o una casa con jardín amplio), debería tener una zona habilitada de aterrizaje y despegue. Algo así como un minihelipuerto, adaptado y con las condiciones de seguridad mínimas que pueda exigir la ley. Para ello, previamente estos lugares tendrán que solicitar algún tipo de permiso o licencia para que se les conceda este tipo de operaciones en su propiedad. No olvidemos que estamos hablando de aeronaves.

Documentación de Entrega

Como ya hemos comentado al inicio, este tipo de transporte quedaría enmarcado dentro de la normativa aérea, o al menos así se puede desprender ahora mismo. Por lo tanto, todo lo referente a documentación de entrega y responsabilidades quedaría dentro del transporte aéreo. Por ejemplo, la nota de entrega sería a través Airwaybill y no el documento de entrega habitual del transporte terrestre (CMR).

Además, tendrá que existir alguna forma de acreditar que la entrega se ha efectuado correctamente, al igual que ocurre actualmente con el transporte terrestre cuando firmamos el CMR que nos entrega el transportista, haciendo las observaciones oportunas en caso se detecten anomalías visuales en el paquete.

Los Costes

Suponiendo que en algún momento puedan realizarse entregas comerciales de producto con drones, el factor que determinará su viabilidad serán los costes. Como sabemos, en Logística el coste de transporte es muy importante para evaluar el precio final que debe tener un producto. Sobre todo en la distribución comercial por los márgenes existentes, muy ajustados a lo largo de la Cadena.

Hasta ahora no se ha visto ningún estudio de costes que ponga de manifiesto la viabilidad de este tipo de entregas.  Pero suponiendo que un dron solo puede llevar un paquete, debe ser pilotado por un piloto profesional y además llevará unos costes de mantenimiento, licencias, permisos, impuestos, etc…, parece bastante dificil su viabilidad económica, a menos que el bulto que desplace tenga valor PVP muy elevado.

La Seguridad

Finalmente, todos los aspectos relacionados con la seguridad frente a cualquier tipo de ataque. El uso de drones en la industria militar para fines bélicos puede despertar otro tipo de actuaciones a menor escala, pero altamente dañinas para la sociedad. Las autoridades deben garantizar que el uso del dron en zonas pobladas se efectúe con la mayor garantía y siempre por empresas/personas autorizadas. Ello llevará a controlar de manera permanente una zona del espacio aéreo hasta ahora no controlada.

¿Qué otras aplicaciones son viables en la actividad Logística del dron?

Una de las aplicaciones que si parece tener un futuro bastante más claro es la realización de inventarios con drones. En este caso, al quedar fuera de la legislación siempre y cuando se realice en lugares completamente techados, es posible que se implante de una forma más acelerada. La base para la realización de inventarios con drones estaría en la utilización de la RFID. El dron llevaría adaptado un lector o dispositivo lector para recoger la información insertada en la etiqueta (tag) que lleve cada pallet (Código, cantidad, ubicación, lote, etc..).

En cuanto a la realización de inventarios, parece que es viable en mercancía paletizada, siendo en almacenamientos de picking algo más complejo. Las pruebas que se han realizado hasta ahora son con drones de un tamaño muy inferior al que podría necesitarse para el transporte de mercancías y podrían ser utilizados drones más estándar, lo que abarata de forma importante el coste de esta operación.

Algunas informaciones interesantes sobre el uso del dron

  • Los recintos completamente cerrados (una nave o deportivo, un centro de convenciones, un domicilio particular, etc.) no están sujetos a la jurisdicción de AESA, al no formar parte del espacio aéreo. Los titulares de esos recintos pueden decidir si autorizan el vuelo de drones en su interior y en qué condiciones
  • Las operaciones que se pueden realizar se limitan a zonas no pobladas y al espacio aéreo no controlado.
  • No podrá pilotarse más de un dron al mismo tiempo.
  • No podrá pilotarse un dron desde vehículos en movimiento.
  • Los drones que pesen más de 25 kg al despegue deben estar inscritos en el Registro de Matrícula de Aeronaves de AESA y disponer de certificado de aeronavegabilidad.

Conclusiones

No cabe duda que el dron ha suscitado mucho interés en diversas industrias y aplicaciones por las posibilidades que ofrece. Todo lo relacionado con la filmación y captura de datos está en pleno despegue, ampliando el abanico de posibilidades día tras día (filmaciones cinematográficas, revisión de infraestructuras, vigilancia policial, control de zonas agrícolas, captura de datos con cámaras especiales, etc.).

Hasta ahora, todo lo que se ha conocido del dron en la actividad logística ha estado relacionado con informaciones que provienen de fuentes muy concretas, sobre todo de la compañía Amazon. Lo que de momento nos puede hacer suponer que no es ni mucho menos un área donde esté previsto en el corto-medio plazo haya grandes avances en la mayor parte de las empresa logísticas, sobre todo en materia de transporte.

No está claro como puede introducirse el dron en la actividad logística de una forma más acelerada. Desde hace años se leen noticias, pero la realidad es que prácticamente su impacto es inexistente. Ello nos lleva a pensar que hasta la fecha, su desarrollo en nuestro sector ha sido más una operación de marketing que una realidad. Y una operación de marketing con unos costes muy económicos y una “rentabilidad incalculable” para la empresa anunciante. Publicar una noticia y un vídeo. Las redes sociales hacen el resto.

No obstante, aunque la falta de expectativas en el corto plazo sobre la introducción del dron en la industria logística como elemento disruptivo, es muy probable que en el medio plazo tenga cabida el transporte de producto en condiciones diferentes a las planteadas inicialmente (drones con mayor capacidad, transportes especiales o urgencias) y otras aplicaciones hasta ahora no planteadas.

Cualquier aclaración o más información sobre drones en logística, no dudes en añadir comentarios en el artículo

 

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3 comentarios

  1. Gracias Guillermo por tus comentarios y me alegra te haya gustado. Interesante conocer con mayor detalle la aportación de los drones en la logística. De momento es algo muy residual y no termina de ser una tecnología disruptiva. No obstante, como toda nueva tecnología, necesitará su tiempo `para ver cual es verdadera sitio en esta actividad.

    Un saludo

    Victor Felipe

  2. Muy interesante y bien estructurado el artículo.

    Sólo una aportación con respecto al empleo de drones para la realización de inventarios y auditorías de mercancía en almacenes, y es la capacidad de lectura de cualquier tipo de código empleado (no sólo RFID).

    Cabe destacar el caso de AIRVANT (www.airvant.es), que permite a las empresas aumentar la productividad, la seguridad y ahorrar tiempo en la realización de los inventarios. Además, proporciona un mayor detalle de la operativa en software propio, capaz de exportar la información en cualquier SGA del cliente.
    Por otro lado, la automatización del proceso y desarrollos de lectura por reconocimiento de imágenes y combinación de entornos virtuales están siendo las nuevas líneas de trabajo en este tipo de entornos, al que también han llegado los drones… para quedarse.

    De nuevo, muy interesante y divulgativo. Enhorabuena por el artículo.