Código Aduanero de la Unión
La Unión Europea ha modificado en mayo de 2016 el CAC, Código Aduanero Comunitario, en pos del nuevo Código Aduanero de la Unión, -CAU- a través de un calendario de transición. El Código Aduanero de la Unión contribuye con algunas modificaciones sobre lo que había en vigor, en especial, fortaleciendo el rol de agente controlador de las Aduanas y sistematizando su actuación con el uso de la trasmisión electrónica para las diferentes solicitudes, así como declaraciones.
Pero en mi opinión, lo más importante a reseñar, es que el Código Aduanero de la Unión se centra en la figura del O.E.A., Operador Económico Autorizado, dándole más importancia. Esto responde a garantizar quiénes son los actores reales del comercio internacional. Como exportador, este punto me resulta muy relevante ya que uno de los mayores retos del comercio exterior es reconocer en qué socios comerciales se puede confiar.
Para cubrir esta falta de confianza, en la misma línea, existen los seguros que cubren los riesgos como el impago. También existen medios de pago garantizados como los créditos documentarios, especialmente si son confirmados, y hay certificadoras internacionales que dan fe de la actividad correcta de otros. En general, no hay nada como que exista un registro que indique que somos quienes decimos ser, que estamos donde decimos estar, y que nos dedicamos a lo que decimos que es nuestra actividad. En esto trabajan también las Cámaras de Comercio, por ejemplo, al autentificar a las empresas que ejercen su actividad de manera honrada y fehaciente.
El Operador Económico Autorizado
El Operador Económico es definido en el artículo 5 del Código Aduanero de la Unión como una persona que, en el ejercicio de su actividad profesional, interviene en actividades a las que se aplique la legislación aduanera. Los Operadores Económicos Autorizados son, por tanto, operadores de confianza cuando realizan operaciones aduaneras, disfrutando, por ello, de ventajas en la Unión Europea. Estas ventajas se pueden resumir en disponer de un menor control tanto físico como documental, por lo que se agilizan las operaciones internacionales, además de disfrutar de prioridad el control aduanero por delante de empresas sin certificar, así como la posibilidad de acogerse a procedimientos aduaneros simplificados o centralizados.
El número EORI, Economic Operator Registration and identification number, es un número de identificación, único en el territorio aduanero de la Unión, asignado por una autoridad aduanera a un operador económico o a otra persona con el fin de registrarlo a efectos aduaneros.
Aunque este número EORI coincida con el número VIES, no hay que confundirlo porque sus usos son diferentes.
Los operadores económicos que vayan a realizar operaciones comerciales con estados de la Unión Europea, bien sean intercambios de bienes o de servicios, deben darse de alta como operadores intracomunitarios, lo cual supone su inscripción en el censo VIES del Estado o Estados miembros donde realice operaciones (Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA). Por lo que no sirve tener un número EORI para realizar operaciones intracomunitarias, salvo que se esté dado de alta en el censo de operadores intracomunitarios.12
A pesar de que todos los operadores económicos de la UE deben tener un número EORI, solo aquellos que solicitan un certificado de OEA, son los que pueden beneficiarse de las ventajas correspondientes al mismo de las que hemos hablado.
La Agencia Tributaria
La Agencia Tributaria, con el nuevo Código Aduanero de la Unión, podría plantear reevaluaciones y/o documentaciones requeridas de manera adicional para que los exportadores que ya disponen de un número O.E.A, para que lo mantengan. Además, con el nuevo CAU, toda persona que presente a la Aduana una declaración (de salida, de entrada, de rexportación, de autorización, etc) será responsable de la exactitud y veracidad de los datos aportados. Esto va en línea con la tendencia general de que el exportador tome conciencia de lo relevante que es que la documentación generada para el comercio internacional corresponda con la realidad de los envíos, tal y como sucede por ejemplo, con las nuevas enmiendas al convenio de seguridad marítima SOLAS, que impone también desde 2016 la presentación de una declaración de peso verificado en los envíos marítimos.
La aduana
La aduana se seguirá centrando en el valor de las mercancías, en su origen y en su clasificación arancelaria para el cálculo de los derechos arancelarios, pero para combatir el fraude, la Aduana, según el artículo 48 del CAU, puede solicitar tras el levante de las mercancías hasta en un plazo de hasta 3 años, toda la información relativa al despacho de las mismas, por lo que las personas interesadas deberán conservar durante este tiempo toda la documentación e información prevista en el artículo 15.1 CAU, en una forma accesible y aceptable para las autoridades. El exportador responderá de dichos documentos, así como el representante aduanero., según artículo 18 del CAU.
Desde ahora, con la implantación de un sistema telemático, la aduana, que poco a poco desistirá de usar el DUA, podrá cruzar datos más fácilmente y verificar la existencia, autenticidad, exactitud y validez de los mismos, así como de los certificados y documentos presentados justificativos. También pueden examinar las mercancías y tomar muestras cuando aún sea posible. En el artículo 47 del CAU se dice que las autoridades aduaneras y la Comisión podrán intercambiarse datos para garantizar una aplicación uniforme de legislación aduanera, además se habla de cooperación entre autoridades.
Con todo ello, lo que es importante es:
1. Conocer el código aduanero de la mercancía a exportar, el código Taric, y mostrarlo en todos los documentos, para que la aduana conozca según la clasificación arancelaria, qué arancel o impuesto corresponde.
2. Identificarnos como operadores, así como conocer a nuestros socios, proveedores y clientes.
3. Organizar todas las operaciones de comercio internacional, y prepararlas documentalmente, tratar de adelantarse a las posibles demandas de las aduanas para agilizar los procesos.
4. Calcular los costes por adelantado: transporte, legalizaciones, certificaciones, aranceles, etc, para generar rentabilidad que garantice la sostenibilidad de la exportación.
5. Conocer requisitos administrativos.
